INFORME DE LA COMISION
NACIONAL DE VERDAD Y RECONCILIACION
Presidente de la Comisión: Raúl Rettig Guissen. Miembros de la Comisión: Jaime Castillo Velasco, José Luis Cea
Egaña, Mónica Jimenez de La Jara, Ricardo Martin Díaz, Laura Novoa Vázquez, Gonzalo
Vial Correa, José Luis Zalaquet Daher. Secretario de la Comisión:
Jorge Correa Sutil. Santiago de Chile, 4 de
marzo de 1991
____________________________________VOLUME 1
TERCERA PARTE Capitulo I
SEPTIEMBRE A DICIEMBRE DE 1973
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2. RELATO DE CASOS
Las graves violaciones a los derechos humanos cometidas por agentes del
Estado o personas a su servicio durante este período se dividen según las diversas
regiones en que ellas ocurrieron.
Las distintas características que cada Región presenta hacen
conveniente esta agrupación. Cada una se inicia con un breve relato que busca dar un
panorama general de lo ocurrido en ellas.
Se inicia el texto con lo sucedido en la Región Metropolitana, para
ser fieles a la cronología que los mismos hechos imponen.
a) REGION METROPOLITANA
a.1) Visión General
La Región Metropolitana, está formada por las actuales Provincias de
Santiago, Chacabuco, Cordillera, Maipo, Melipilla y Talagante, y en ella se encuentra la
capital política del país, sede del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial en el año
1973.
Muchos de los acontecimientos que se suceden a partir del día 11 de
septiembre de 1973, estan vinculados con la circunstancia mencionada. Episodios como el
del Palacio de La Moneda el día de la intervención militar, y las detenciones de los
más altos dirigentes del Gobierno depuesto, transcurren en esta Región.
Esta sección está referida a 493 casos de violaciones a los derechos
humanos con resultado de muerte o desaparición cometidas por agentes del Estado o
personas a su servicio en la Región Metropolitana a partir del día 11 de septiembre, y
se extiende a algunos casos de 1974, teniendo presente para ello la similitud de
características que presentan.
El 11 de septiembre de 1973 el Presidente Allende, sus colaboradores
más cercanos y los funcionarios que desempeñaban labores en el Palacio de Gobierno,
concurrieron hasta allí más temprano que de costumbre; en la madrugada habían sido
informados de movimientos de tropas en Valparaíso. El Palacio de La Moneda amaneció ese
día rodeado por fuerzas de Carabineros y, según testimonios, en su interior reinaba un
ánimo tranquilo pero expectante.
Aproximadamente a las 10:00 de la mañana, tanques del Regimiento
Blindado Nº 2 rodean el Palacio de La Moneda; helicópteros de la Fuerza Aérea y del
Ejército sobrevuelan Santiago. Luego de una reunión con el Presidente, en la cual éste
les da libertad de acción, se retiran de La Moneda la Guardia de Palacio, los Edecanes
militares y escoltas. Los funcionarios de la Policía de Investigaciones y los miembros
del Dispositivo de Seguridad del Presidente (GAP), optan por permanecer allí, tal como lo
hacen los colaboradores más cercanos del Presidente.
Las radioemisoras difunden los primeros bandos de la Junta Militar de
Gobierno, en uno de los cuales se informa que el Palacio de La Moneda deberá ser evacuado
antes de las 11:00 horas, y que de lo contrario será atacado por la Fuerza Aérea de
Chile.
El Presidente Allende se dirige al país a través de Radio Magallanes:
"Esta será la última oportunidad en que me pueda dirigir a ustedes... Ante estos
hechos sólo me cabe decir a los trabajadores: No voy a renunciar. Colocado en un
tránsito histórico, pagaré con mi vida la lealtad del pueblo... Estas son mis últimas
palabras y tengo la certeza de que mi sacrificio no será en vano..." Algunas horas
más tarde, el Presidente de la República se quita la vida al interior del Palacio de La
Moneda, en cumplimiento de la promesa transcrita precedentemente.
Ante el anuncio de que a las 11:00 horas se procedería a bombardear el
Palacio, el Presidente ordena salir a las mujeres y personal administrativo, permaneciendo
en su interior aproximadamente 50 personas.
A las 11:52 horas se inicia el bombardeo sobre el Palacio de Gobierno,
provocando el incendio del edificio. De este modo, se inician los hechos que dan origen al
presente informe de la Región Metropolitana, centro político del país.
En términos generales, se puede afirmar que las nuevas autoridades
militares no encontraron resistencia armada significativa en la Región, existiendo
solamente algunos sucesos aislados, los que se producen fundamentalmente en torno al
Palacio de Gobierno el mismo día 11 de septiembre, y en otros lugares, como la Población
La Legua.
La comprobación de ello, se encuentra en los propios informes internos
de las Fuerzas Armadas, algunos de los cuales fueron conocidos por ésta Comisión. Es
así por ejemplo, como se evalúa internamente en el nuevo Gobierno Militar que "las
acciones en Lo Hermida fueron exitosas, contándose con la colaboración de la población.
No hubo resistencia en los allanamientos, no encontrándose armas". (Estado de
situación del país Nº 7, del día 15 de septiembre de 1973, Ministerio de Defensa
Nacional, Junta Militar de Gobierno, C.O.FF.AA).
Es una expresión de la falta de resistencia y enfrentamientos armados
en la Región el hecho que las bajas del Ejército y Carabineros entre el 11 de septiembre
de 1973 y diciembre del mismo año, son alrededor de 25, de los cuales aproximadamente 15
se produjeron el mismo día de la intervención militar.
Hacia el día 13 de septiembre, el control de las Fuerzas Armadas y
Carabineros en la Región es completo, produciéndose una paulatina normalización de las
actividades comerciales, industriales, bancarias, estudiantiles y de la administración
del Estado, que a fines de ese mes es total.
Así lo constataban las mismas autoridades militares, a sólo 72 horas
de producida la intervención castrense, al expresar que las "actividades comerciales
(estan) reanudándose paulatinamente", y que el "funcionamiento de los servicios
públicos (tambien está) normalizándose". (Estado de situación del país Nº 4,
día 14 de septiembre de 1973, Ministerio de Defensa Nacional, Junta Militar de Gobierno,
C.O.FF.AA.).
Ciertamente las afirmaciones anteriores, no excluyen la existencia de
algunos focos aislados y minoritarios de resistencia armada, que como se expresó,
corresponden básicamente a la actuación de francotiradores apostados en los edificios
cercanos al Palacio de La Moneda el mismo día 11 de septiembre, y otros episodios sin
significación desde el punto de vista del control militar de la Región.
Las nuevas autoridades regionales, corresponden a Oficiales del
Ejército, rama de las Fuerzas Armadas que asume el control político, militar y
administrativo. Así sucede por ejemplo, con el Jefe de Zona en Estado de Sitio, la
Intendencia, y otros mandos administrativos.
En lo concerniente a los hechos de los que conoció esta Comisión, se
pudo constatar una clara presencia de efectivos del Ejército y de Carabineros en las
actividades represivas y de control del orden público, y en menor medida la intervención
de miembros de la Fuerza Aérea, fundamentalmente en la zona adyacente a la Base Aérea El
Bosque.
Del mismo modo, la Comisión pudo constatar en ésta Región, una
escasa participación en los hechos de su conocimiento, de efectivos de la Policía de
Investigaciones y en general de los Servicios de Inteligencia institucionales de las
diversas ramas de las Fuerzas Armadas, no obstante que se observan las primeras
actuaciones de estos últimos, en el caso de la Fuerza Aérea y del Ejército.
También participan en estas tareas, miembros del Ejército traídos
desde unidades militares de fuera de la Región, como ocurre con efectivos del Regimiento
Yungay de San Felipe y Guardia Vieja de Los Andes, quienes estuvieron acantonados en
Santiago durante el primer período.
Territorialmente la ciudad de Santiago fue dividida en diversas zonas,
cada una de las cuales estuvo a cargo de determinados efectivos militares, que
fundamentalmente corresponden a las unidades militares de cada sector.
En lo que respecta al cuerpo de Carabineros, en general se aprecia una
actuación coordinada y a veces conjunta con el Ejército, y en algunos casos de
subordinación a éste.
En Paine y aislademente en otros puntos de la Región, tiene
importancia la participación de civiles, ya sea en acciones de delación de personas, o
directamente en las aprehensiones, como sucede en la localidad de Paine, donde personal
militar, de carabineros y vecinos de la zona intervienen en masivas detenciones de
campesinos del lugar.
Durante los primeros días, la acción represiva estuvo centrada
fundamentalmente en los dirigentes políticos de los partidos políticos de izquierda,
altos funcionarios del Gobierno depuesto, efectivos del Dispositivo de Seguridad del
Presidente Allende, y Ministros de Estado.
Esta tendencia selectiva, comienza rápidamente a variar, mediante la
generalización de las actividades represivas a dirigentes sindicales o vecinales de
izquierda, miembros de organismos sociales a quienes se vincula con el Gobierno derrocado,
o simplemente a vecinos que son denunciados por civiles a las nuevas autoridades
militares.
Pero la caracterización de las víctimas sería incompleta, sin
afirmar que un porcentaje significativo de los casos conocidos por esta Comisión en el
período, corresponde a personas sin militancia o simpatía política alguna, y que mueren
como consecuencia de operativos militares que se pueden calificar como efectuados con uso
indiscriminado y abusivo de la fuerza sobre la población civil, sin distinción.
Mención aparte merecen los casos de extranjeros que fueron objeto de
acciones por parte del Estado, muchos de los que finalmente mueren o desaparecen a manos
de sus aprehensores.
Tampoco se puede dejar de mencionar, las situaciones que afectaron a
algunos miembros de las Fuerzas Armadas, que fueron objeto de actuaciones represivas por
parte del Estado, fundamentalmente por su oposición al nuevo régimen nacido el 11 de
septiembre de 1973.
La mayor parte de las víctimas del período en ésta Región,
corresponde a personas menores de 30 años de edad, y en no pocos casos a menores de 20
años, habiéndose conocido de algunas situaciones extremas que afectaron a muchachos de
14 ó 15 años, que mueren por actos violatorios de sus derechos esenciales.
Gran parte de las víctimas corresponden a casos de muertes
oficialmente registradas, no obstante que en muchas de esas situaciones los cadáveres
nunca fueron entregados a sus familias.
El conjunto de actos violatorios de derechos humanos por parte de
agentes del Estado, se comienzan a producir desde el mismo día 11 de septiembre, con la
detención y posterior desaparición o muerte de algunas de las personas que se
encontraban en el Palacio de La Moneda, o en algunos recintos universitarios e
industriales, como ocurre por ejemplo en la Universidad Técnica del Estado o en fábricas
de los denominados "cordones industriales", las que fueron allanadas por
efectivos militares, procediéndose a la detención de las personas que se encontraban en
ellos.
En los días siguientes, se comienzan a realizar allanamientos en
diversas zonas poblacionales de la Región, que culminan con masivas detenciones de
personas, algunas de las cuales posteriormente mueren o desaparecen. Este tipo de
allanamientos se practicó también en diferentes centros laborales. A título meramente
ejemplar, se pueden mencionar detenciones producidas en el Hospital San Juan de Dios, las
industrias Sumar, Aerolite, Elecmetal, Mademsa y en poblaciones como La Bandera, La Legua,
Roosevelt, Pablo Neruda y José María Caro, por mencionar sólo algunos de los casos que
se expondrán más adelante.
La masividad de estos operativos, se encuentra acreditada por la
información entregada en la prensa de la época, a través de múltiples testimonios que
esta Comisión conoció, y por los propios informes de las Fuerzas Armadas. Así por
ejemplo, en los ya citados "Estados de Situación" elaborados por el C.O.FF.AA.,
se daba cuenta el día 15 de septiembre que en un "operativo aéreo-terrestre en
Polpaico, fueron capturadas (sic) alrededor de 200 personas", y que los
"allanamientos a Lan Chile y Palacio de Bellas Artes tuvieron resultados negativos.
Están pendientes los resultados del allanamiento de la torre 18 de (la Remodelación) San
Borja".
Luego de estos operativos, los detenidos eran trasladados a algunos de
los centros de detención que se mencionarán a continuación, desde los cuales algunas
personas son escogidas para ser ejecutadas, y posteriormente sus cuerpos sin vida
abandonados en la vía pública, en diversos lugares de la ciudad de Santiago, o cercanos
a ésta. Destacan por el alto número de personas abandonadas allí, sitios como la
carretera General San Martín que conduce a Los Andes, la carretera a Valparaíso en el
sector del tunel Lo Prado, el sector de Américo Vespucio con Avenida Grecia, el del
Cementerio Metropolitano, y otros.
Mención aparte entre dichos lugares, merece el río Mapocho, en cuya
ribera son abandonados cadáveres en sectores como el puente Pedro de Valdivia, Pío Nono
o Presidente Bulnes, como asimismo en la zona correspondiente a la actual comuna de Cerro
Navia, donde los propios pobladores enterraron por motivos humanitarios algunos de los
cuerpos abandonados allí.
Los cuerpos sin vida de estas personas, eran recogidos en las noches,
por personal del Instituto Médico Legal y del Cementerio General de Santiago, para ser
llevados a la mencionada institución, lugar donde se les practicaba una autopsia, para
posteriormente permanecer allí por un espacio variable de tiempo a fin de esperar que las
familias reconocieran a los suyos. En algunos casos, los cadáveres eran llevados
directamente al Instituto Médico Legal por patrullas de militares o de carabineros.
Lamentablemente el mencionado Servicio, no pudo identificar mediante
sus huellas dactilares a todos los cadáveres que les eran entregados, y en consecuencia
muchos cuerpos fueron inhumados sin identificación alguna. El número total de personas
fallecidas por heridas a bala que llegaron a la morgue de Santiago resulta dificil de
precisar.
Luego de permanecer algunos días en el Instituto Médico Legal, los
cadáveres no reclamados eran conducidos al Cementerio General de Santiago, donde se les
sepultaba como N.N. en el patio 29 de ese camposanto. Mediante antecedentes reunidos por
ésta Comisión, se pudo establecer que al menos en dos oportunidades y en años
posteriores, se efectuaron masivas remociones de los cuerpos inhumados en el mencionado
patio 29, en una ocasión para ser trasladados a la fosa común del cementerio, y en la
otra al crematorio, incluso después de la existencia de una orden judicial decretada en
1978, que lo impedía.
Sin embargo, también hay casos en que los ejecutores no abandonan los
cadáveres en la vía pública, sino que les ocultan, como sucede por ejemplo en la
localidad de Lonquén en el mes de octubre, y con muchas de las situaciones ocurridas en
Paine en diversas fechas durante el año 1973.
Otro de los procedimientos empleados, consistía en el fusilamiento
conjunto de varios detenidos de algun recinto, como sucedió por ejemplo en la cuesta
Barriga, en el sector del tunel Lo Prado, en el Puente Bulnes del río Mapocho con un
grupo de detenidos en Puente Alto, en el interior del Regimiento de Infantería de San
Bernardo en varias oportunidades, en Peldehue con las personas detenidas en La Moneda, y
en las ya mencionadas localidades de Lonquén y Paine.
También formaron parte de los procedimientos empleados en el período,
las muertes provocadas por un uso irracional de la fuerza, que afectaron a numerosas
personas, completamente ajenas a cualquier actividad política, sindical o vecinal, ya sea
en horas de toque de queda o en actos de represión callejera.
Esta Comisión conoció algunos casos de personas que fueron sacadas
desde recintos hospitalarios, los que eran visitados con frecuencia por efectivos
militares o policiales, para determinar la presencia en ellos de personas heridas a bala,
algunas de las cuales posteriormente desaparecen o mueren a manos de sus captores.
En esta Región se conoció sólo de un episodio informado oficialmente
como la aplicación de una condena a muerte por parte de un Consejo de Guerra.
Del mismo modo, son escasas las situaciones oficialmente informadas
como intentos de fuga o agresión al personal militar por parte de los detenidos,
abundando los casos carentes de versión oficial.
La aplicación de torturas a los detenidos, tambien formó parte de los
métodos usuales en el período, fundamentalmente en las sesiones de interrogatorios a que
eran sometidos, situación que se pudo constatar en la casi totalidad de los recintos de
detención de la Región. Los golpes, malos tratos y otras formas inhumanas y degradantes
de tratamiento a los prisioneros, tambien formaron parte de los procedimientos comunmente
utilizados.
Cabe finalmente destacar, que estos procedimientos se concentran en los
meses de septiembre y octubre del año 1973, observándose una notoria disminución a
partir de noviembre, para reanudarse con características diversas, aproximadamente a
partir de marzo de 1974.
Recién producidos los acontecimientos del 11 de septiembre, las
Fuerzas Armadas carecían de lugares especialmente habilitados para servir de centros de
detención, y es por ello que en las primeras horas se utilizan recintos transitorios,
como el Ministerio de Defensa, la Escuela Militar y el Regimiento Tacna.
El Ministerio de Defensa se utilizó especialmente como lugar de
reclusión de tránsito de algunas personas detenidas el mismo 11 de septiembre, habiendo
conocido ésta Comisión testimonios que dan cuenta de la práctica de torturas en
dependencias de ese lugar.
También se utilizó transitoriamente la Escuela Militar, hasta donde
fueron conducidos algunos de los detenidos provenientes del Ministerio de Defensa, y que
posteriormente fueron trasladados a la Isla Dawson en la XII Región, como también
algunos extranjeros, más tarde trasladados al Regimiento Tacna.
Este último Regimiento sirvió de lugar de prisión para todos los
efectivos de la Policía de Investigaciones que permanecieron en La Moneda hasta el
ingreso de tropas del Ejército el día 11 de septiembre, como tambien para los miembros
del Dispositivo de Seguridad (GAP) del Presidente Allende, quienes fueron recluídos en
las caballerizas de ese lugar, desde donde estos últimos fueron posteriormente sacados
para finalmente ser ejecutados, presumiblemente en Peldehue, el día 13 de septiembre.
Entre el 12 y el 13 de septiembre se habilita el Estadio Nacional, que
fue en definitiva el centro de detención más grande que existió en esta Región,
llegando a tener unos 7.000 detenidos al día 22 de septiembre, según estimación de la
Cruz Roja Internacional. De ese número, la misma fuente estima que entre 200 a 300, eran
extranjeros de diversas nacionalidades. Este lugar estaba al mando de un Oficial del
Ejército, y hasta allí fueron trasladadas personas provenientes de todos los lugares de
Santiago, detenidas en circunstancias y con características muy diversas.
Los detenidos en el Estadio Nacional dormían en los camarines y en el
salon de la torre, lugares que carecían de camas, con excepción de las dependencias
habilitadas para mujeres, que disponían de colchonetas. Algunos organismos
internacionales humanitarios, posteriormente donaron frazadas, las que en todo caso fueron
manifiestamente insuficientes para el alto número de personas privadas de libertad en ese
lugar. Los detenidos permanecían en un régimen de incomunicación, por cuanto no estaban
autorizadas las visitas de familiares o abogados, y en general de personas provenientes
del exterior. A las familias de los prisioneros, sólo se les permitía llevarles
vestuario y alimentación.
Las personas pasaban la mayor parte del día sentadas en las graderías
del Estadio, por donde se paseaba una persona encapuchada reconociendo a militantes de
izquierda, los que eran separados del resto de los detenidos. Años más tarde se logró
establecer que ese encapuchado era un ex militante del Partido Socialista, quien colaboró
con los servicios de seguridad del régimen militar, los que abandonó en el año 1977,
fecha en que concurre a un organismo de derechos humanos a dar su testimonio. El cuerpo
sin vida de esta persona fue encontrado en un sitio eriazo en la comuna de La Florida, con
múltiples heridas de arma blanca, el 24 de octubre del año 1977.
Se tiene noticias de la práctica de torturas y malos tratos a los
detenidos del Estadio Nacional, por ejemplo en el recinto de la enfermería que en algunas
oportunidades se utilizó para esos fines; también se sabe de simulacros de fusilamiento
y otros métodos inhumanos. En general, los detenidos eran sometidos a constantes e
intensos interrogatorios.
La Cruz Roja Internacional da cuenta en su informe de diversas visitas
efectuadas al Estadio Nacional entre septiembre y octubre de 1973, que "diferentes
detenidos se quejaron de malos tratos y de torturas, en el momento de la captura y durante
los interrogatorios. Los delegados y delegados médicos del CICR (Comité Internacional de
la Cruz Roja), han podido constatar evidencias de torturas psicológicas y físicas en
muchos detenidos", citando a continuación algunos de esos casos.
Esta Comisión logró formarse convicción de algunas ejecuciones
ocurridas al interior del Estadio Nacional, así como de varios casos de personas que
encontrándose privadas de libertad en ese lugar, fueron sacadas para darles muerte, como
sucedió por ejemplo con los ciudadanos norteamericanos Charles Horman Lazar y Frank
Teruggi Bombatch.
En la mañana del día 12 de septiembre, se comienza a utilizar como
recinto de detención el Estadio Chile, ubicado en las cercanías de la Estación Central
en Santiago, también bajo el mando de un Oficial del Ejército. Los primeros prisioneros
que llegaron allí, fueron las aproximadamente 600 personas detenidas desde el interior de
la Universidad Técnica del Estado (UTE), a los que posteriormente se sumaron prisioneros
provenientes de los denominados "cordones industriales".
Esta Comisión conoció testimonios verosímiles, que dan cuenta de la
constante práctica de la tortura a los detenidos del Estadio Chile.
El día 14 de septiembre de 1973, se produce un traslado masivo de
detenidos desde el Estadio Chile al Estadio Nacional, que disponía de mayor capacidad por
su gran tamaño.
Al igual que en el otro recinto deportivo, los detenidos del Estadio
Chile estaban incomunicados con las personas ajenas al recinto y sometidos a un riguroso y
severo régimen disciplinario. Los presos se encontraban divididos de acuerdo al grado de
importancia política que las autoridades militares les asignaban y se dispone de
antecedentes que indican que muchos de los interrogatorios eran hechos por efectivos del
Servicio de Inteligencia del Ejército.
Los testimonios de quienes estuvieron detenidos en ese Estadio,
concuerdan en que las luces permanecían encendidas en forma permanente, a lo que se
sumaba la existencia de un deliberado sistema de alimentación a diversas horas,
provocando así a los prisioneros una pérdida del sentido del tiempo.
Desde el Estadio Chile fueron sacados algunos detenidos que
posteriormente son ejecutados y abandonados en la vía pública, como ocurrió por ejemplo
con el ex Director de Prisiones Littre Quiroga Carvajal.
Otros recintos de detención fueron la Casa de la Cultura de Barrancas
(actual Pudahuel), y el Instituto Nacional Barros Arana en la comuna de Quinta Normal,
donde se encontraba un contingente del Regimiento Yungay de San Felipe, acantonado en la
Quinta Normal.
La Casa de la Cultura estaba bajo la tuición del Ejército, y desde
allí son sacados varios detenidos que posteriormente son ejecutados. El contingente
militar estacionado en ese lugar, pertenecía a la Escuela de Sub Oficiales y algunos
efectivos al Regimiento Yungay de San Felipe.
Hasta el recinto de la Quinta Normal, fueron conducidos
fundamentalmente personas detenidas en la zona centro-poniente de Santiago, como ocurre
por ejemplo con todos los funcionarios del Hospital San Juan de Dios, que posteriormente
son ejecutados y abandonados bajo el Puente Bulnes del río Mapocho.
También fue usado como centro de detención, aun cuando nunca las
autoridades militares lo reconocieron así, el Regimiento de Infantería de San Bernardo,
en cuyo interior se encuentra ubicado el cerro Chena, lugar de ejecución de un alto
número de detenidos, provenientes de la zona de San Bernardo y Paine. Algunos de los
cuerpos sin vida de estas personas, fueron enviados al Instituto Médico Legal de Santiago
y se dejó establecido en los respectivos protocolos de autopsia que esos cadáveres
provenían del mencionado Regimiento.
En este lugar se practicaron numerosas formas de tortura.
La Fuerza Aérea destinó dependencias de la Academia de Guerra Aérea
(AGA) como centro de detenidos y transitoriamente en algunos casos la Base Aérea El
Bosque. En el primero de los nombrados, permanecieron privadas de libertad todas las
personas que fueron procesadas en el Consejo de Guerra 1-73 de la Fuerza Aérea. Los
interrogatorios a los prisioneros, eran generalmente efectuados por miembros del servicio
de inteligencia institucional y se ha podido establecer que en ese lugar la tortura se
practicaba habitualmente sobre los detenidos.
Entre los recintos de detención usados durante 1973 en la Región
Metropolitana, se encuentra el local de calle Londres 38, que antes del 11 de septiembre
perteneció al Partido Socialista, y que más tarde sería usado como centro clandestino
de reclusión por la DINA.
Se dispone de antecedentes que indican que en octubre de 1973, es
llevado por algunas horas al local de calle Londres, un grupo de personas que habían sido
detenidas en la Remodelación San Borja en Santiago y que posteriormente son trasladadas a
la Casa de la Cultura de Barrancas. Del mismo modo, se pudo establecer que en el mes de
diciembre son conducidos al mencionado recinto, algunos militantes del Partido Comunista a
quienes la prensa de la época vinculó a un supuesto plan subversivo denominado
"Leopardo", los que posteriormente fueron ejecutados.
El recinto denominado Parque Cerrillos, donde anualmente se realiza la
Feria Internacional de Santiago (FISA), también fue empleado transitoriamente como centro
de detención, habiéndose establecido en algunos casos la desaparición de prisioneros
desde allí. Este recinto de exposiciones había sido facilitado para que personal del
Ejército acampara en él.
También cabe mencionar el empleo como lugar de detención, de
múltiples comisarías de Carabineros y otros recintos militares en toda la Región, que
por su alto número sería dificil de enumerar.
Finalmente, aun cuando no corresponden a recintos de esta Región, se
conoció de algunos casos de prisioneros que fueron trasladados al campamento de
prisioneros de Tejas Verdes dependiente de la Escuela de Ingenieros Militares del mismo
nombre o a la Escuela de Artillería de Linares.
a.2) Casos de graves violaciones a los derechos humanos ocurridos en la
Región Metropolitana
A continuación se exponen en orden cronológico todos los casos en que
la Comisión se formó convicción que constituían violaciones a los derechos humanos y
que tuvieron como resultado la muerte o desaparición de la víctima, ocurridos en el
conjunto de la Región a partir del 11 de septiembre de 1973 y hasta fines del mismo año.
Para los efectos de una mejor narración, se han separado algunas localidades
determinadas, en las que se produjeron hechos cuyo relato conjunto facilitan su
comprensión. Tales son : Lonquén, Paine, Peldehue y San Bernardo
El 11 de septiembre de 1973, en la mañana, se iniciaron las acciones
directas de los efectivos de las Fuerzas Armadas en contra del Palacio de la Moneda, lugar
en que encontraba el Presidente de la República Salvador Allende, acompañado de un grupo
de sus colaboradores directos y de miembros de su Dispositivo de Seguridad, conocido como
GAP.
Alrededor de las 13:00 horas, una vez que ya se había producido el
bombardeo del Palacio de Gobierno, el Presidente Allende solicita a Osvaldo Puccio,
Fernando Flores, Ministro Secretario General de Gobierno, y Daniel Vergara, Subsecretario
del Interior, que concurran al Ministerio de Defensa con el fin de sostener una reunión
con los Generales que allí se encontraban.
Cuando el Presidente es informado que el único acuerdo posible es la
rendición incondicional, solicita salir del Palacio al último grupo que allí queda. Un
testigo presente en la ocasión señaló: "Como a las 2 de la tarde Salvador Allende
dijo que esto era una masacre, que nos rindiéramos, que bajáramos con una bandera
blanca, en fila india sin nada en los bolsillos. Los militares ya habían entrado al
primer piso"
A las 13:45 horas, al momento de salir este último grupo de personas
por la puerta de calle Morandé, entraron por los diferentes accesos del Palacio, las
tropas militares compuestas por efectivos de los Regimientos Tacna, Buin y una unidad de
reserva.
Según la versión de diferentes testigos, el General a cargo de la
operación ingresó a La Moneda, subió hasta el Salón Independencia y allí encontró el
cuerpo sin vida del Presidente Salvador ALLENDE GOSSENS. A su lado estaba el doctor
Patricio Guijón, quien testimonia que, aproximadamente a las 14:00 horas, estando en el
último lugar de la fila para hacer abandono del edificio, decidió devolverse con el
objeto de sacar una máscara antigases. Al pasar frente al Salón Independencia y mirar
hacia el interior pudo observar al Presidente con un fusil automático en sus manos; en
ese momento su cuerpo recibía el impacto de las balas.
Con lo expuesto, la Comisión ha debido establecer que el Presidente
Salvador Allende se quitó la vida.
Su caso es singular, sin duda alguna.
La Comisión no ha juzgado pertinente ni posible intentar calificar la
muerte del Presidente Allende con arreglo a los criterios que debió elaborar para el
estudio de los demás casos.
Al afirmar ésto, no está la Comsión eludiendo su responsabilidad. Es
cierto que el caso de Salvador Allende no es distinto, en un sentido muy hondo, de tantos
otros casos que ha visto esta Comisión. Su vida, como toda vida, es insustituible en su
esencial dignidad e individualidad. El dolor de sus familiares merece todo respeto.
Sin embargo, es de toda evidencia que la investidura que detentaba, las
circunstancias históricas de su deceso y las innegables connotaciones de su última
determinación, confieren a su muerte una significación que escapa a las posibilidades y
a los deberes que esta Comisión intenta elucidar.
El día y las circunstancias en que el Presidente Allende se quitó la
vida marcan un extremo de división de la sociedad chilena. Creemos ver signos de que esa
división se va superando y esperamos contribuir, con este informe, a que se avance hacia
el necesario reencuentro. Con este fin y, en conciencia, la Comisión se inclina con
respeto ante el dolor de todos quienes sienten íntimamente la muerte del Presidente
Allende y difiere un pronunciamiento sobre las circusntancias en que ésta se produjo y
sobre su significado, a la propia sociedad chilena y a la historia.
Desde el interior del Palacio, militares sacaron a dos miembros heridos
de la Dispositivo de Seguridad del Presidente y les condujeron hasta la Posta Central. Se
trataba de Antonio AGUIRRE VASQUEZ, 29 años y Osvaldo RAMOS RIVERA, 22
años, los dos militantes del Partido Socialista. En ambos casos existe constancia de su
permanencia en la Posta Central de Santiago, desde donde fueron sacados por efectivos
militares. Desde entonces se desconoce su paradero.
Considerando que ambas personas fueron trasladadas desde La Moneda
hasta la Posta Central, existiendo constancia de su permanencia allí, y luego retirados
por efectivos militares, la Comisión llega a la convicción que Antonio Aguirre y Osvaldo
Ramos fueron víctimas de violación a sus derechos humanos, ya que su desaparición es de
responsabilidad de agentes del Estado.
Antes de la muerte del Presidente Allende y previo a que salieran del
Palacio de la Moneda el ministro Flores y sus dos acompañantes, se produjo el suicidio de
Augusto OLIVARES BECERRA, periodista, militante del Partido Socialista, Director de
Prensa del canal Nacional de Televisión y asesor del Presidente Allende. Se encontraba en
el primer piso del edificio, junto a algunos civiles. De acuerdo a los antecedentes
reunidos por la Comisión, es posible establecer que se retiró a un cuarto de baño
ubicado bajo una escalera, pudiendo escucharse el disparo. La bala penetró por la sien.
quedando en estado agónico. Uno de los doctores que se encontraban al interior del
Palacio, relató a esta Comisión el momento en que puso la cabeza sobre sus piernas,
constatando momentos después su fallecimiento.
La situación de acoso a La Moneda en que Augusto Olivares se quita la
vida llevan a la Comisión a considerlo una víctima de la situación de violencia
política.
El grupo que abandonaba el Palacio por calle Morandé fue detenido por
las fuerzas militares, obligándoseles a tenderse boca abajo en el suelo. Este grupo
estaba conformado por asesores del Presidente, miembros del GAP, médicos que prestaban
servicios en La Moneda y funcionarios del Servicio de Investigaciones. La mayoría de los
médicos que se encontraban presentes (con excepción de algunos que se desempeñaban como
asesores del Presidente y que serán mencionados más adelante), fueron liberados en esos
momentos. El resto de los detenidos fueron luego trasladados a la vereda, permaneciendo
tendidos.
A las 18:00 horas, este grupo fue conducido al Regimiento Tacna, en dos
vehículos militares. En ese Recinto permanecieron tendidos en el suelo, boca abajo, con
las manos detrás de la nuca, desde el día 11 de septiembre, en la tarde, hasta el 13 de
septiembre a mediodía. El 12 de septiembre son liberados los miembros del Servicio de
Investigaciones, excepto uno que también permaneció en este Recinto hasta el mediodía
del día 13, momento en que fue liberado.
De acuerdo a los antecedentes reunidos, la Comisión puede afirmar que
el grupo que permaneció hasta el día 13, a mediodía, en el Regimiento Tacna estaba
compuesto, por una parte, por nueve asesores y miembros de la Presidencia de la República
y por otra, por quince miembros del GAP. Como ya se indicó más arriba, los antecedentes
reunidos permiten afirmar que el ex Director de Investigaciones Eduardo Paredes, también
estuvo detenido en el regimiento Tacna, hasta el 13 de septiembre. Para esta Comisión es
inverosímil, la versión publicada en la prensa de esa época, que sostenía que Paredes
había muerto en un enfrentamiento.
De este grupo eran asesores y miembros de la Presidencia de la
República:
- Jaime BARRIOS MEZA, 47 años, ex-Gerente General del
Banco Central, Asesor del Presidente;
- Daniel ESCOBAR CRUZ, 37 años, militante del Partido
Comunista, Jefe de Gabinete del Subsecretario del Interior;
- Enrique HUERTA CORVALAN, 48 años, Intendente de Palacio;
- Claudio JIMENO GRENDI, 33 años, sociólogo, dirigente del
Partido Socialista, asesor del Presidente;
- Jorge KLEIN PIPPER, 27 años, médico psiquiatra, dirigente
del Partido Comunista, asesor del Presidente;
- Eduardo PAREDES BARRIENTOS, 34 años, médico cirujano,
dirigente del Partido Socialista, ex-Director de Investigaciones, Director de Chile-
Films, asesor del Presidente;
- Enrique PARIS ROA, 40 años, médico psiquiatra, dirigente del
Partido Comunista, asesor del Presidente;
- Héctor PINCHEIRA NUÑEZ, 28 años, médico, asesor de
informaciones del Presidente; y
- Arsenio POUPIN OSSIEL, 38 años, miembro del Comité Central
del Partido Socialista, abogado, ex-Director subrogante de la Policía de Investigaciones,
asesor del Presidente.
En el mismo grupo se encontraban los siguientes miembros del
Dispositivo de Seguridad del Presidente (GAP):
- Manuel CASTRO ZAMORANO, 23 años;
- Sergio CONTRERAS CONTRERAS, 40 años, periodista, Jefe de
Relaciones Públicas de la Intendencia;
- José FREIRE MEDINA, 20 años;
- Daniel GUTIERREZ AYALA, 25 años;
- Oscar LAGOS RIOS, 21 años; dirigente de las Juventudes
Socialistas;
- Oscar MARAMBIO ARAYA, 20 años;
- Juan MONTIGLIO MURUA, 24 años;
- Julio MORENO PULGAR, 24 años, telefonista y ordenanza en La
Moneda;
- Jorge ORREGO GONZALEZ, 29 años;
- Oscar RAMIREZ BARRIA, 23 años;
- Luis RODRIGUEZ RIQUELME, 26 años;
- Jaime SOTELO OJEDA, 33 años, Jefe de la escolta del
Presidente;
- Julio TAPIA MARTINEZ, 24 años;
- Oscar VALLADARES CAROCA, 23 años; y
- Juan VARGAS CONTRERAS, 23 años.
Todos ellos eran, además, militantes del Partido Socialista.
Los miembros del grupo compuesto por los asesores del Presidente e
integrantes del GAP, amarrados de pies y manos, son subidos a camiones militares y sacados
del Regimiento con destino desconocido. Testimonios coincidentes señalan que el vehículo
militar se dirigió a Peldehue, al predio destinado al Regimiento Tacna, donde habrían
sido ejecutados y sepultados. Desde esa fecha permanecen todos ellos en calidad de
detenidos desaparecidos. La Comisión tomó conocimiento que uno de los miembros del GAP
logró burlar a sus captores, cambiándose del grupo de sus compañeros a otro y siendo
luego liberado. Es altamente improbable, que sea uno de los recién mencionados.
Considerando que este grupo de colaboradores del Presidente abandonó
el Palacio de La Moneda por calle Morandé, aproximadamente a las 14:00 horas, donde
fueron detenidos por agentes del Estado, recluídos en un Recinto Militar y desde allí
llevados por estos con destino incierto, esta Comisión tiene convicción sobre la calidad
de víctimas de todos ellos, pues su desaparición es responsabilidad de los agentes del
Estado que los mantenían detenidos.
Otra situación, ligada a la anterior, es la de un grupo de personas
que fueron detenidas fuera del Palacio de La Moneda alrededor de las 08:45 de la mañana.
Todos ellos eran integrantes del GAP y llegaron a esa hora en una camioneta, siendo
detenidos por efectivos de carabineros.
Los antecedentes reunidos permiten afirmar que fueron detenidas en esas
circunstancias, al menos, las siguientes personas.
- Domingo BLANCO TARRES, 32 años;
- Carlos CRUZ ZAVALA, 30 años; y
- Gonzalo JORQUERA LEYTON, 27 años; todos ellos militantes del
Partido Socialista.
Igual situación ocurre con Enrique ROPERT CONTRERAS, 20 años,
militante del Partido Socialista, estudiante de Economía en la Universidad de Chile, hijo
de Miria Contreras, secretaria del Presidente Allende. El joven llegó a la misma hora
hasta ese lugar a dejar a su madre; cuando ella se baja del vehículo, Carabineros lo
detiene. Esta Comisión conoció de testimonios fotográficos del momento en que Ropert es
subido a un vehículo policial.
Todos estos detenidos fueron conducidos a la Intendencia de Santiago y
de allí sacados, aproximadamente a las 11:00 horas de ese mismo día, para ser conducidos
a la Sexta Comisaría de Carabineros.
Sus cuerpos sin vida fueron encontrados en las riberas del Mapocho,
bajo el Puente Bulnes, a fines de septiembre de l973, con la excepción de Domingo Blanco
Tarrés. Este último, fue conducido por personal de Investigaciones al Centro de
Detención Preventiva de Santiago, de donde egresó el 19 de septiembre de 1973, por orden
de la Segunda Fiscalía Militar de Santiago. Desde entonces se encuentra en calidad de
desaparecido.
Considerando que existen antecedentes suficientes para afirmar que
todas estas personas fueron detenidas por agentes del Estado y que posteriormente, tres de
ellas fueron encontradas muertas por heridas a bala, en el Puente Bulnes del río Mapocho
y uno de ellos desaparecido, después de haber sido sacado del Centro de Detención
Preventiva de Santiago, también por agentes del Estado, a esta Comisión le asiste
convicción sobre su calidad de víctimas de violación a los derechos humanos,
atribuíble a esos agentes, en las personas de Domingo Blanco Tarrés, Carlos Cruz Zavala,
Gonzalo Jorquera Leyton y Enrique Ropert Contreras.
Por otra parte, el mismo día 11, y cuando pretendían viajar desde
Talca a Santiago a integrarse al grupo de Dispositivo de Seguridad del Presidente, en la
carretera Panamericana, cerca de Curicó, fueron detenidos por una patrulla militar dos
miembros de dicho grupo,
- Francisco LARA RUIZ, 22 años; y
- Wagner SALINAS MUÑOZ, 30 años, ambos militantes del Partido
Socialista.
Ambos se encontraban en Talca y al enterarse de lo sucedido decidieron
dirigirse a Santiago. En las afueras de Curicó fueron interceptados por una patrulla
militar, quienes al ver documentos que acreditaban su pertenencia al GAP, procedieron a
detenerlos y trasladarlos hasta la Cárcel de Curicó. El Servicio de Gendarmería
informó que el 30 de septiembre de 1973 se les dejó en libertad desde ese recinto penal,
pero que fueron entregados a agentes del Estado "con una grilleta corta y un candado,
ambos reos engrillados". Los restos fueron entregados a los familiares en la Morgue
de Santiago, habiéndose certificado la muerte con fecha 5 de octubre de 1973 y
señalándose como causa de la misma, heridas a bala.
De acuerdo a estos antecedentes, la Comisión tiene convicción sobre
la responsabilidad que le cabe a los agentes del Estado, en la muerte de Francisco Lara
Ruiz y Wagner Salinas Muñoz.
El 11 de septiembre de 1973, muere en la Industria INDUMET, Manuel
OJEDA DISSELKOEN, 30 años, ingeniero, militante del Movimiento de Izquierda
Revolucionaria (MIR) y miembro del GAP.
El día indicado, por la mañana, se dirigió hasta la industria
mencionada. Días después sus familiares pudieron reconocerlo en el Instituto Médico
Legal, como producto de su búsqueda en distintos lugares. El certificado de defunción
establece como causa de la muerte, herida a bala.
De acuerdo a los antecedentes reunidos, esta Comisión se ha formado la
convicción que Manuel Ojeda cayó en un enfrentamiento producto de la situación de
violencia política existente en la época.
El 11 de septiembre de 1973 pierde la vida en un enfrentamiento Jorge
Claudio ARAVENA MARDONES, 23 años, estudiante universitario, asesor de
Investigaciones.
De acuerdo a los testimonios recibidos por la Comisión, el afectado,
participó en la fecha indicada, en un enfrentamiento con efectivos de la Fuerza Aerea en
el que perdió la vida por "heridas de bala", según lo indica su certificado de
defunción.
En mérito de lo expuesto, la Comisión se formó convicción que
Aravena Mardones cayó en un enfrentamiento, producto de la situación de violencia
política existente en la época de los hechos.
El 11 de septiembre de 1973, fue detenido por agentes del estado en la
Sociedad Comercializadora de la Reforma Agraria (SOCORA), su lugar de trabajo, Guillermo
Jesús ARENAS DIAZ, 25 años, contador, militante socialista.
Con los demás detenidos junto a él es conducido al Estadio Chile y
desde allí trasladado al Estadio Nacional, que es el último lugar en que uno de sus
compañeros de trabajo lo vió con vida, desconociéndose hasta ahora su paradero y suerte
final.
La Comisión se formó convicción que la desaparición del afectado es
de responsabilidad de agentes del Estado lo que le constituye en una víctima de
violación a sus derechos humanos. Se basa dicha convicción en que se encuentra
acreditada su detención y su presencia en recintos de arresto y que tras tales hechos no
se ha tenido noticia alguna sobre él, así como consta que desde esa fecha no ha salido
del país ni realizado acto alguno de caracter administrativo que de cuenta de su
existencia.
El 11 de septiembre de 1973 es muerto José Agustín FARFAN VERDUGO,
42 años, obrero de la construcción, militante socialista. El día indicado el afectado
concurrió a su trabajo, lugar donde se ordenó a todos los obreros retornar a sus
hogares, a causa de la situación que se vivía. Al no regresar José Farfán, sus
familiares le buscaron en distintos lugares, hasta que alrededor de diez días después se
les informó en la Posta Central que había fallecido en ese lugar. Su cadáver les fue
entregado en el Instituto Médico Legal para su sepultación. El certificado de defunción
señala como causa de la muerte, heridas múltiples por arma de fuego, y como fecha, el 11
de septiembre de 1973, a las 18:00 horas.
La Comisión se formó la convicción, no habiendo recibido
antecedentes respecto de las circunstancias precisas en que José Farfán perdió la vida,
que éste murió como víctima de la violencia imperante en la época. Se basa tal
convicción en la fecha de la muerte y en la causa directa de ella, heridas de bala.
El 11 de septiembre de 1973, desapareció Emperatriz del Tránsito
VILLAGRA, 38 años, casada, dueña de casa.
Ese día la afectada salió de su casa como acostumbraba, con el fin de
llevar el almuerzo a su marido que trabajaba en una industria en Los Cerrillos. Desde esa
fecha se perdió todo rastro de Emperatriz Villagra, a pesar de las diligencias
practicadas meses después por su cónyuge, quien había sido arrestado el mismo día en
su lugar de trabajo y enviado más tarde al campamento de Chacabuco, por lo que no pudo
enterarse de la situación ocurrida, sino hasta que volvió a su hogar. Allí pudo
constatar la desaparición de su esposa, que su casa se había incendiado y que sus hijos
estaban repartidos entre los vecinos del lugar.
La Comisión se formó la convicción de que Emperatriz del Tránsito
Villagra, fue víctima de la violencia imperante a la época en el país, no pudiendo
determinarse las circunstancias precisas en que desapareció o fue eventualmente muerta,
pero que en todo caso tal desaparición no fue voluntaria sino el resultado de la acción
de terceros. Se funda tal convicción en los antecedentes familiares de la víctima, que
no hacen verosímil que abandonara a sus hijos menores precisamente cuando se daban
circunstancias de especial riesgo en el país, en el hecho que esos mismos días hubo una
gran cantidad de personas que perdieron la vida o desaparecieron producto de la violencia
imperante, y que no se ha tenido desde la fecha de sus desaparición ningún antecedente
sobre su paradero.
El 11 de septiembre de 1973, es muerto Hugo Fernando SANDOVAL
IBAÑEZ, 28 años, empleado.
El día indicado el afectado salió de su domicilio sin regresar. Dias
después la familia fue informada que se encontraba herido de bala e internado en la Posta
Central. Al concurrir a dicho centro asistencial, se les comunicó que había fallecido el
14 de septiembre, a consecuencia de "múltiples heridas de bala torácica complicadas
y lumbo abdominal", como lo indica el certificado de defunción respectivo.
La Comisión, no habiendo recibido testimonios acerca de las
circunstancias precisas que provocaron la muerte de Hugo Sandoval, se formó la
convicción que éste perdió la vida producto de la violencia existente en el país, a
esa época. Se funda tal convicción en la causa directa de la muerte y su fecha de
ocurrencia.
El 11 de septiembre de 1973, muere en su domicilio en la población
General Veláquez, Luis Antonio ROJAS ROJAS, 29 años, empleado.
El certificado de defunción acredita que murió "por herida de
bala tracto abdominal."
Si bien esta Comisión desconoce las circunstancias en que esta persona
murió, la causa de su muerte la llevó a formarse la convicción que Rojas Rojas muere
víctima de la situación de violencia política existente en el país .
El 11 de septiembre de 1973 desaparece Iván Octavio MIRANDA
SEPULVEDA, 28 años, mecánico tornero, dirigente sindical.
El día señalado el afectado salió de su domicilio ubicado en la
calle Lo Franco, con dirección desconocida y desde esa fecha permanece desaparecido,
ignorándose su paradero.
Esta Comisión ha arribado a la convicción que la desaparición de
Iván Miranda Sepúlveda se debe a circunstancias políticas, constituyendo una violación
a sus derechos humanos, habida consideración que la víctima era dirigente sindical, que
su desaparición se produce en un contexto de inestabilidad y violencia política y que
desde el día que ella ocurre no se tiene ningún antecente del paradero de Miranda, sin
que registre defunción ni actuaciones que den cuenta de su existencia.
El día 11 de septiembre de 1973 muere Francisco CATTANI ORTEGA, laboratorista
dental, militante del Partido Socialista.
La causa de su muerte fue un "impacto de bala con salida de
proyectil, fosa ilíaca derecha". Su cuerpo fue remitido al Instituto Médico Legal
por el Hospital Barros Luco, con la indicación de haber sido encontrado en la vía
pública.
La Comisión se formó la convicción, dada las causa de la muerte y
desconociendo sus circunstancias, que Francisco Cattani, cayó víctima de la violencia
política impertante en esos momentos.
El día 12 de septiembre de 1973 muere Mercedes del Pilar CORREDERA
REYES, menor de edad, estudiante secundaria.
El cuerpo de la afectada fue remitido al Instituto Médico Legal por el
Hospital Barros Luco, con la indicación de haber fallecido en la calle Gran Avenida. La
causa de la muerte indicada en el informe de autopsia es : "impacto de bala con
salida de proyectil en la rodilla izquierda".
La Comisión se ha formado la convicción que María del Pilar
Corredera, cayó víctima de la violencia política, no estando acreditada las
circunstancias precisas en que ocurrieron los hechos que condujeron a su muerte.
El 12 de septiembre de 1973 fue ejecutado Benito Heriberto TORRES
TORRES, 57 años, instalador sanitario.
Los testimonios señalan que el día 11 de septiembre, alrededor de las
21:00 hrs. se produjo una balacera cerca del domicilio de la víctima y carabineros de la
dotación de la 26ª Comisaría, que quedaba en el sector, allanaron su domicilio y luego
lo detuvieron, trasladándole junto a su yerno, también detenido, en dirección a dicha
Comisaría. La víctima, expresan los testimonios, se encontraba en cama aquejada de
ciática. Las gestiones realizadas por la familia al día siguiente, fueron infructuosas
para dar con el paradero del afectado. El yerno de la víctima regresó a su casa después
de tres días y presentaba huellas de malos tratos y torturas en su cuerpo.
El cadáver de la víctima fue encontrado por su familia en el
Instituto Médico Legal, estableciéndose que la causa de muerte fue: "herida a bala
torácica". Como data de la defunción se estableció el 12 de septiembre de 1973 a
las 22,00 hrs. y el cuerpo fue encontrado en Las Barrancas.
Por los antecedentes reunidos y estando acreditada la detención, la
Comisión se ha formado la convicción que Benito Heriberto Torres Torres fue ejecutado y
víctima de una violación grave a los derechos humanos, perpetrada por agentes del
Estado.
El 12 de septiembre de 1973 muere Juan Manuel LIRA MORALES, 23
años, empleado.
El día 11 de septiembre, la víctima y su cónyuge caminaban por la
vía pública en la población La Legua, en ese momento no se registraban incidentes,
cuando fue herido de bala por militares que se movilizaban en un jeep. Internado en el
Hospital Barros Luco, fallece el día 12. El informe de autopsia determinó que "la
causa de muerte obedece a hérida de bala que al atravesar el abdomen determinó desgarro
de hígado y riñón derecho con hemorragia aguda interna."
La Comisión se ha formado convicción que Juan Lira Morales fue muerto
por agentes del Estado, en violación de sus derechos humanos, y con abuso de poder,
basando esa convicción en que la víctima fue herido de bala por un patrulla militar, que
fallece al día siguiente a consecuencia de tales heridas, lo que consta en el protocolo
de autopsia y que al momento de los hechos no existía incidentes ni enfrentamientos en el
sector.
El 12 de septiembre de 1973, fue detenido Alberto Mariano FONTELA
ALONSO, uruguayo, 26 años, pescador artesanal.
El afectado fue arrestado en su domicilio, alrededor de las 17:00 hrs.,
junto a su conviviente y a otro ciudadano uruguayo, por militares del Regimiento Tacna,
siendo conducidos a la Escuela Militar, donde fueron interrogados. En la noche de ese
mismo día fueron trasladados al Regimiento Tacna.
Al día 14 de ese mismo mes, su conviviente fue liberada,
informándosele que los detenidos serían trasladados al Estadio Chile. La víctima nunca
apareció en las listas existentes en ese recinto. A pesar de las múltiples gestiones
efectuadas por su mujer, no se volvieron a tener noticias sobre su paradero hasta la
fecha.
Considerando que la víctima fue detenida por agentes del estado y que
la última vez que se le vió con vida, permanecía en poder de los mismos, esta Comisión
tiene convicción que la desaparición de Alberto Fontanela es de responsabilidad de
agentes del Estado, y que constituyó una violación a los derechos humanos.
El 12 de septiembre de 1973, fue detenido Tulio Roberto QUINTILIANO
CARDOZO, brasileño, 29 años, ingeniero, militante del Partido Comunista.
El afectado fue arrestado junto con su cónyuge el 12 de Septiembre de
1973, por efectivos militares en su domicilio, siendo trasladados a la Escuela Militar
donde se les sometió a interrogatorios. La cónyuge fue puesta en libertad ese mismo
día.
La familia presentó un recurso de amparo a favor de la víctima y en
ese proceso consta en un oficio emanado de las autoridades militares que la víctima
estuvo detenida en la Escuela Militar y enviada al Regimiento Tacna. El Comandante de
dicho Regimiento, señala en una comunicación enviada al Presidente de la Corte de
Apelaciones, que la víctima no figura detenida en ninguna unidad a su mando.
Las gestiones realizadas por los representantes diplomáticos de su
país en Chile, tampoco lograron obtener información sobre su paradero.
Presentados así los hechos a esta Comisión le asiste convicción
sobre la responsabilidad que cabe a los agentes del Estado que lo mantenían prisionero en
su desaparición, produciéndose una violación a sus derechos humanos; especialmente por
encontrarse acreditado el arresto del afectado y la constancia de que no fue dejado en
libertad.
El 12 de septiembre de 1973 murió producto de heridas de bala Sonia
Isaura NORAMBUENA CRUZ, 34 años, dueña de casa.
El día señalado, la afectada, que se hallaba embarazada, salió a
comprar desde su casa ubicada en el sector del Callejón Lo Ovalle en la Población Santa
Adriana. Cuando regresaba a su hogar, alrededor de las 11:00 horas, efectivos militares
que custodiaban el Puente Ochagavía sobre el Callejón Lo Ovalle hicieron disparos,
alcanzando uno de ellos a Sonia Norambuena, la que falleció a las pocas horas. Junto a
ella también quedó herido un joven que transitaba por el mismo lugar. Su certificado de
defunción señala como causa de la muerte, "perforación de órganos, como
consecuencia de herida a bala."
Esta Comisión no pudo conocer los motivos por los cuales los efectivos
hicieron uso de sus armas; pero, en mérito de los antecedentes expresados, la Comisión
se formó la convicción que la muerte de Sonia Norambuena fue producto de la situación
de violencia política existente en la época de los hechos. Se basa dicha convicción en
la causa y fecha de la muerte de la afectada y en las circunstancias conocidas en que
perdió la vida.
El 12 de septiembre de 1973 es muerta por disparos Adriana de las
Mercedes DOTE MENDEZ, 27 años, dueña de casa.
Ese día, alrededor de las 17:30 horas, se encontraba lavando ropa en
el interior de su casa ubicada en el sector de Lo Sierra con Lo Espejo, acompañada de sus
dos hijos pequeños y dos vecinos, cuando desde un helicóptero que volaba a baja altura
se hicieron disparos, alcanzando uno de ellos a la afectada. Trasladada por Carabineros
hasta el Hospital Barros Luco, falleció antes de llegar a ese centro hospitalario.
La Comisión se formó la convicción que la muerte de Adriana Dote fue
consecuencia de la violencia política imperante a la época, habida consideración de la
causa inmediata de su deceso, heridas de bala y las circunstancias conocidas en que
perdió la vida.
El 12 de septiembre de 1973 fue muerto Arturo Ramón SAN MARTIN
SUTHERLAND, 36 años, fotógrafo, directivo en la Editorial Quimantú, militante
socialista.
El afectado, que salió el dia 11 de septiembre a tomar fotografías en
el centro de Santiago, fue herido por disparos de bala mientras lo hacía, según fue
observado por testigos. Conducido a la Posta Central, falleció a las 05.30 del día 12 de
septiembre, como lo señala su certificado de defunción.
La Comisión se formó la convicción, sin haber recibido testimonios
que dieran cuenta exacta de la forma y circunstancias en que fue herido Arturo San
Martín, que su muerte fue consecuencia de la violencia imperante a la época en el país;
basando su convicción en la causa directa de su muerte y en la época en que ocurrieron
los hechos que condujeron a ella.
El 12 de septiembre de 1973 fue ejecutado Tito Guillermo KUNZE DURAN,
42 años, empleado, Presidente del Sindicato de Textil Burguer, militante socialista.
Fue detenido por efectivos de la Cuarta Comisaría de Carabineros, en
su lugar de trabajo, calle Ñuble Nº 1034, cuando fue allanada dicha empresa y se detuvo
a alrededor de 200 de sus trabajadores, los que no se resistieron al arresto.
Testimonios verosímiles dan cuenta que estando el afectado formado en
una fila de prisioneros, un carabinero que vestía de civil disparó una rafaga de
metralla sobre su cuerpo. Ese mismo día falleció en la Posta Central.
La Comisión se formó la convicción de que Tito Kunze fue ejecutado
por agentes del Estado, constituyendo ello una grave violación a sus derechos humanos, en
consideración a que fue ultimado por una acción consciente y no fortuita, y mientras la
víctima se hallaba en poder y bajo la custodia de sus captores, entre los cuales estuvo
su agresor.
El 12 de septiembre de 1973, muere Enrique Antonio MAZA CARVAJAL,
venezolano, estudiante universitario.
Su cádaver fue encontrado en la vía pública y remitido por
Carabineros al Instituto Médico Legal. El informe de autopsía expresa que la causa de
muerte es una " hérida de bala cérvico raquidio-medular". La fecha de muerte
es el 12 de Septiembre de 1973. Sus restos fueron repatriados a su país de origen.
La Comisión ha llegado a la convicción que, no pudiéndose determinar
los autores de la muerte ni las circuntancias de la misma, Enrique Antonio Maza Carvajal,
cayó víctima de la violencia política imperante en el país a la fecha de los hechos.
El 12 de septiembre de 1973, fue muerto en su propio domicilio, Luis
Alejandro RETAMAL PARRA, 14 años, estudiante de educación básica.
El día indicado, alrededor de las 9,45 horas, el padre del menor
afectado observó en las cercanías de su hogar un grueso contingente de efectivos de la
Fuerza Aérea, por lo que ordenó a su hijo que ingresara a la casa. La víctima, mientras
jugaba en el segundo piso junto a sus hermanos, se asomó al balcón, recibiendo disparos
que le provocaron la muerte instantanea. Su certificado de defunción señala como fecha
del deceso la ya indicada y como causa de la muerte : "heridas múltiples de
bala".
La Comisión se formó convicción que el menor Luis Retamal fue
víctima de la violencia política existente en el país, ejercida por los agentes del
Estado que causaron su muerte, desconociéndose los motivos que tuvieron para hacer uso de
sus armas.
El 12 de septiembre de 1973 fue ejecutado Drago Vinko GOJANOVIC
ARIAS, de nacionalidad chilena-yugoslava, 23 años, chófer de la embajada de la
República Democrática Alemana, militante comunista.
El afectado fue detenido en el domicilio de sus padres, en Las Condes,
por una patrulla militar, que se movilizaba en un jeep. Desde allí fue conducido a su
propio hogar, el que fue allanado, al igual que el de su hermana, quien vivía en un
departamento vecino. Luego fue llevado con destino desconocido, encontrándose
posteriormente su cadaver en la intersección de la calle Tabancura con Avenida Kennedy.
El cuerpo fue retirado por su familia desde el Instituto Médico Legal y la causa de
muerte, según el certificado respectivo fue "herida de bala torácica con salida de
proyectil y estallido de arma de fuego cráneo encefálica".
De los antecedentes expuestos la Comisión pudo formarse la convicción
de que el afectado fue ejecutado al margen de toda legalidad por agentes del Estado que le
mantenían detenido y bajo su custodia, constituyendo dicha acción una violación a sus
derechos humanos, en especial a la vida y al justo proceso. Se basa tal convicción en la
calidad de comunista de la víctima, en la existencia de testigos de la detención y
allanamiento, y en que su cadaver fue encontrado en la vía pública con múltiples
heridas de bala.
El 12 de septiembre de 1973 fue muerto por disparos de militares Hugo
ARAYA GONZALEZ, 37 años, reportero gráfico, militante socialista.
El afectado se hallaba en la Universidad Técnica del Estado tomando
fotografías, cuando recibió disparos de parte de efectivos del Ejército que rodeaban el
lugar. Al quedar herido se solicitó ayuda médica, pero las ambulancias no pudieron
ingresar al recinto por los disparos que hacían las fuerzas militares.
La Comisión se formó convicción que en la muerte de Hugo Araya
Gonzalez existió violación a sus derechos fundamentales de responsabilidad de agentes
del Estado, basando esa convicción en que se acreditó que la víctima se encontraba
sacando fotografías; se estableció asimismo que fue baleado por personal uniformado que
rodeaba el lugar; y que tales fuerzas hicieron uso de sus armas de fuego en forma
indiscriminada e innecesaria.
El 12 de septiembre de 1973 muere en el sector de Carrascal, Sergio
AEDO GUERRERO, 35 años, comerciante ambulante, sin militancia política conocida. Fue
muerto cuando se dirigía a comprar víveres. Desde un recinto militar le dispararon
militares quedando herido de muerte. El día 14 de Septiembre de 1973 fallece en la Posta
3.
La Comisión se formó la convicción que esta persona fue víctima del
uso irracional de la fuerza por parte de agentes del Estado, hecho que constituye una
violación de sus derechos humanos.
El 12 de septiembre de 1973, murió Julio Antonio MARTINEZ LARA,
de 26 años, que era empleado de la Corporación de Fomento (CORFO). Su cuerpo sin vida,
aparece con múltiples heridas de bala en el Instituto Médico Legal. Según el informe de
autopsia fue encontrado en la vía pública y la data de la muerte es la 03:00 horas del
día 12 de septiembre de 1973.
Aún cuando la Comisión no pudo dar por acreditadas las circunstancias
precisas de su muerte, las condiciones políticas del momento y las causas de su deceso la
llevan a la convicción que Julio Martínez murió víctima de la violencia política.
El 13 de septiembre de 1973, desaparece de su domicilio Luis Alberto
MARCHANT MARCHANT, 43 años, suplementero.
El día señalado sale de su domicilio a trabajar con uno de sus hijos
en el sector de Avda. Independencia. Fue detenido por una patrulla militar, golpeado y
subido a un vehículo con dirección sur. Desde entonces se encuentra desaparecido.
Estando acreditada la detención, la Comisión se formó convicción
que está desaparecido y que es una víctima de violación a los derechos humanos,
atribuible a la acción de agentes del Estado.
El 13 de septiembre de 1973, es muerta Cristina del Carmen LOPEZ
ESTAY, 28 años, soltera.
El día 11 de Septiembre de 1973 en la calle Vicuña Mackenna, en el
sector de la Industria Sumar, se estaba produciendo una balacera entre efectivos de
Carabineros y los trabajadores de la Industria Sumar. Cristina López transitaba por el
lugar, siendo alcanazada por una bala, falleciendo el día 13 de Septiembre de 1973, a las
11:00 horas.
Esta Comisión ha llegado a la convicción que esta persona fue una
víctima de la violencia política que se vivía en esos momentos.
El 13 de septiembre de 1973, desaparece Ernesto TRAUBMANN
RIEGELHAUPT, checoslovaco, 49 años, militante del Partido Comunista, relacionador
público de la Empresa Nacional de Minería (ENAMI).
Fue detenido junto a otro militante de su partido, en la madrugada del
mismo día, por carabineros. Ambos fueron conducidos a la Septima Comisaría y de ahí al
Ministerio de Defensa.
A pesar de las gestiones efectuadas por su familia no se han vuelto a
tener noticias sobre su paradero. No consta tampoco la salida del país de la víctima.
Esta Comisión llegó a la convicción de que Ernesto Traubmann, fue
hecho desaparecer por agentes del Estado, violando sus derechos humanos, habida
consideración que se acreditó la detención de la víctima, así como su reclusión en
el Ministerio de Defensa y teniendo en cuenta su militancia política y nacionalidad.
El 13 de septiembre de 1973 muere Enrique Ernesto MORALES MELZER,
21 años, chofer del Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (INDAP) y militante del
Partido Socialista.
Ese día, el afectado salió de su casa en la población José María
Caro, con el propósito de hacer entrega del vehículo fiscal que conducía. En el
trayecto, el automóvil fue baleado por una patrulla de la Fuerza Aérea y una de
Carabineros. La víctima al parecer recibió un impacto mortal. A los familiares se les
avisó de la muerte desde el Hospital Barros Luco, entregándoseles, unas horas después,
el cadáver de la víctima en una urna sellada.
Esta Comisión ha llegado a la convicción que la muerte de Ernesto
Morales se produjo por el uso indiscriminado de la fuerza por parte de agentes del Estado,
lo que constituye una violación a los derechos humanos.
El 13 de septiembre de 1973 muere Jorge GUTIERREZ SAN MARTIN, 41
años, obrero mecánico de NOBIS.
El afectado fue muerto en la vía pública y frente a testigos, por una
patrulla de Carabineros, cuando se dirigía a su trabajo. Su certificado de defunción da
como causa de muerte:"Herida a bala torácica complicada y anemia aguda
consecutiva".
La Comisión se ha formado convicción, que en la muerte de Jorge
Gutiérrez San Martín, se produjo una violación a sus derechos humanos, ya que muere por
el uso excesivo e irracional de la fuerza por parte de agentes del Estado. Se basa esta
convicción en la acreditación de que la víctima fue baleada cuando en la vía pública
y en que su muerte la provoca una herida a bala.
El 13 de septiembre de 1973 fue muerto por una patrulla militar en la
población Jose María Caro, Fernando Sofanor FLORES ACEVEDO, 42 años, albañil.
Los hechos se produjeron en circunstancias que se dirigía a comprar
pan junto a su hija, según los testimonios recibidos, en horas que regía el toque de
queda, es decir cerca de las 15:00 hrs. Fue trasladado al hospital Barros Luco, lugar
donde fallece al día siguiente, a consecuencia de las heridas a bala recibidas.
La Comisión se formó convicción que la muerte de Fernando Sofanor
Flores Acevedo constituye una violación a los derechos humanos, atribuible a la acción
de agentes del Estado, quienes hicieron uso irracional de la fuerza.
Entre el 13 y el 16 de septiembre de 1973 se producen varias muertes y
desparecimientos ligados a la presencia de detenidos en el Estadio Chile.
- Sócrates PONCE PACHECO, 30 años, ecuatoriano, abogado,
interventor de la empresa INDUMET, militante socialista.
La versión oficial entregada por la Cancillería chilena el 27 de
Marzo de 1974, señalaba que "este individuo era interventor de una Industria y
resistió la acción de Fuerzas Militares disparando en contra de ellas y pereciendo en el
enfrentamiento".
Sin embargo la Comisión recibió testimonios verosímiles que indican
que Ponce fue detenido el 11 de septiembre de 1973, en su lugar de trabajo por efectivos
de Carabineros, y trasladado a la 12º Comisaría. Desde allí fue enviado al Regimiento
Tacna en la mañana del 12 de Septiembre, para ser finalmente trasladado al Estadio Chile
al mediodía. En la madrugada del día 13 fue llamado a través de altoparlantes y
personal del Ejército lo sacó del recinto.
El cadáver fue encontrado en las inmediaciones del Estadio Chile,
Unión Latinoamericana con Alameda, presentando ocho heridas de bala, de conformidad al
protocolo de autopsia. El cuerpo fue retirado del Instituto Médico Legal por sus
familiares. El certificado de defunción señala como data de la muerte el día 12 de
septiembre, lo que difiere con lo declarado por los familiares.
En mérito de los antecedentes expuestos, la Comisión se formó la
conviccion de que Sócrates Ponce fue ejecutado al margen de toda legalidad por agentes
del Estado, constituyendo ello una violación a sus derechos humanos fundamentales. Basa
su convicción en los testimonios recibidos acerca de la detención del afectado y su
presencia en diversos recintos, y los documentos que dan cuenta de las causas de su
muerte, todo lo cual permite desmentir la versión oficial acerca del presunto
enfrentamiento.
- Gregorio MIMICA ARGOTE, 22 años, soltero, estudiante
universitario, dirigente estudiantil de la Universidad Técnica, militante comunista.
El afectado fue detenido en su domicilio el 14 de Septiembre de 1973,
por una patrulla militar, cuando recién llegaba tras ser liberado después de dos días
de arresto en el Estadio Chile. Desde esa fecha no se han vuelto a tener noticias sobre su
paradero.
La Comisión se formó la convicción de que la desaparición de
Gregorio Mimica es de responsabilidad de agentes del Estado que actuaron en violación a
sus derechos fundamentales. Se basa dicha convicción en que se acreditó su detención,
en su militancia política y su calidad de dirigente estudiantil, en el hecho que había
sido detenido en el Estadio Chile, con anterioridad y en que desde esa época hasta ahora,
no existe indicio alguno sobre su paradero y suerte.
- Hernán CEA FIGUEROA, 38 años, obrero textil, militante
comunista.
El afectado fue detenido el 11 de Septiembre en su lugar de trabajo,
Textil PROGRESO. Desde allí, junto a otros trabajadores arrestados, fue conducido hasta
el Estadio Chile. El día 15 de septiembre, a raiz de un altercado que tuvo con un
uniformado que lo custodiaba, fue ejecutado por efectivos de Carabineros, en el mismo
recinto. Su cuerpo fue encontrado un mes después por su familia en el Cementerio General.
La Comisión se formó la convicción que Hernán Cea fue ejecutado al
margen de toda legalidad por agentes del estado, constituyendo ello una violación a sus
derechos fundamentales. Se basa dicha convicción en que la acción de ejecutarlo estuvo
basada en un altercado entre el detenido y uno de sus guardianes, que no existió un
ataque de aquel contra estos, y que, cualquiera que hubiese sido la acción del detenido,
no existe justificación para que se le diera muerte al margen de toda ley.
- Víctor Lidio JARA MARTINEZ, 40 años, cantante popular y
director teatral, miembro del Comité Central de las Juventudes Comunistas.
En una comunicación del Ministerio de Relaciones Exteriores de fecha
27 de Marzo de 1974, respondiendo una nota de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos de la O.E.A. se dijo:"Victor Jara: Fallecido. Murió por acción de
francotiradores que, reitero, disparaban indiscriminadamente contra las Fuerzas Armadas
como en contra de la población civil".
Esta comisión recibió múltiples testimonios verosímiles que dan
cuenta que desmienten esa versión oficial y hacen concluir que los hechos ocurrieron de
otra forma.
Víctor Jara fue detenido el dia 12 de septiembre en el recinto de la
Universidad Técnica del Estado, lugar en el que prestaba sus servicios como director
teatral, siendo conducido al Estadio Chile, donde tras ser separado de los demás
arrestados junto a él, fue mantenido en los altos de una galería, junto a otras personas
consideradas como peligrosas. Entre el 12 y el 15 de ese mes, fue interrogado por personal
del Ejército.
El 15 de septiembre es el último día en que se le ve con vida, cuando
en horas de la tarde Victor Jara fue sacado de una fila de prisioneros que serían
trasladados al Estadio Nacional. Al día siguiente, el 16 de septiembre, en la madrugada,
su cuerpo fue encontrado en las inmediaciones del Cementerio Metropolitano por unos
pobladores, junto a otros cinco cadáveres, entre los que se hallaba el de Littré Quiroga
Carvajal.
Conforme expresa el informe de autopsia, Victor Jara murió a
consecuencia de heridas múltiples de bala, las que suman 44 orificios de entrada de
proyectíl con 32 de salida.
La Comisión se formó la convicción de que el afectado fue ejecutado
al margen de todo proceso, constituyendo ello una violación a sus derechos fundamentales
de responsabilidad de agentes del Estado. Funda esa convicción en que se encuentra
acreditado el arresto así como su presencia en el Estadio Chile; que se halla acreditada
su muerte por una gran cantidad de heridas de bala, lo que demuestra que fue ejecutado
junto a los demás detenidos cuyos cuerpos aparecieron junto a los de él.
Las torturas a que fue sometido Víctor Jara durante su detención se
relatan en la Parte General de este período.
- Littré QUIROGA CARVAJAL, 33 años, abogado, Director Nacional
de Prisiones, militante comunista.
La versión oficial entregada por la Cancillería Chilena con fecha 27
de Marzo de 1974 , expresaba: "..Litre Quiroga Carvajal: Fallecido.Esta funcionario
del Régimen depuesto fue muerto por delincuentes habituales"
La Comisión recibió múltiples testimonios verosímiles que
desmienten esa versión oficial y que señalan en cambio que los hechos ocurrieron de
manera distinta.
El 11 de Septiembre de 1973, Littré Quiroga suspendió el goce de una
licencia médica, para concurrir hasta su oficina de la Dirección Nacional de Prisiones.
Desde allí resolvió enviar a la mayoría de los funcionarios a sus hogares, y se
comunicó con una alta autoridad militar,a efecto de que se determinase la situación de
su Servicio y la de él. En respuesta, se le indicó que se presentara a las 8.00 del día
12 en el Ministerio de Defensa. Sin embargo, a las 21:45 horas un contiguente de 20
Carabineros llegó hasta las oficinas del Servicio de Prisiones, pero sin ingresar al
edificio. Littre Quiroga se entregó voluntariamente a ellos. En la noche fue trasladado
hasta el El Regimiento Blindado Nº2.
El día 13 de Septiembre en la mañana, junto con otros detenidos fue
enviado al Estadio Chile, donde sufrió múltiples torturas y vejaciones aplicadas por
personal del Ejército, como lo declaran testigos presenciales de los hechos. Allí
permanece hasta el día 15 de Septiembre.
Su cuerpo fue encontrado en la madrugada del día 16 de Septiembre,
junto con otros cinco cadáveres entre ellos el de de Víctor Jara, cerca del Cementerio
Metropolitano.
La Comisión se formó convicción de que Littré Quiroga fue ejecutado
por agentes del Estado al margen de todo proceso, constituyendo ello una violación a sus
derechos humanos fundamentales. Se basa su convicción en que se encuentra acreditada su
detención, así como su presencia en el Estadio Chile; que su muerte fue producto de
múltiples heridas de bala y su cadáver fue encontrado junto al de otros ejecutados en
similares circunstancias; y que tales heridas por su carácter y fecha de ocurrencia,
razonablemente sólo pudieron ser causadas por agentes del Estado.
Las torturas sufridas por Littré Quiroga son relatadas en la Parte
General de este período
El 13 de septiembre de 1973 desaparece Eduardo Alejandro
Alberto CAMPOS BARRA, 29 años, técnico automotriz, militante del Movimiento de
Izquierda Revolucionaria (MIR), dirigente de la Junta de Abastecimientos y Precios (JAP).
El día señalado fue visto salir del domicilio de un familiar ubicado
en la población Roosevelt, acompañado de un Teniente de Carabineros y de otros dos
funcionarios policiales. Desde aquella ocasión se ignora el paradero de la víctima.
La familia realizó innumerables gestiones a fin de determinar la
suerte corrida por Campos, todas las cuales resultaron infructuosas, incluídas las
acciones judiciales.
La Comisión se formó la convicción que el desaparecimiento de
Eduardo Campos corresponde a una violación de los derechos humanos por acción de
particulares bajo pretextos políticos, en mérito de los antecedentes políticos del
afectado, activo y conocido dirigente político poblacional, del hecho que la última vez
que se le ve es acompañado por agentes policiales, y que desde esa época no hay
antecedente alguno sobre su paradero a pesar de los intentos efectuados por sus parientes
y de las investigaciones judiciales efectuadas.
El 14 de septiembre de 1973 Jaime Alejandro ALCAZAR AGUILA, 29
años, dirigente del Partido Radical, vocal del CEN, salió de su hotel en Santiago, donde
se encontraba alojado, hacia su lugar de trabajo en una empresa pesquera, ya que había
sido llamado a presentarse por sus superiores. Al salir de las oficinas, es alcanzado por
tres impactos de bala. Fue trasladado a la Posta Central, pero ya se encontraba muerto.
Por los antecedentes reunidos, no obstante desconocer con precisión la
naturaleza y circunstancias específicas de los disparos, esta Comisión ha llegado a la
convicción que Jaime Alcazar fue víctima del ambiente de violencia política imperante
en la época, presumiéndose que los autores de su muerte son agentes del Estado.
El 14 de septiembre de 1973 es ejecutado en el Estadio Nacional Ramón
Augusto MUÑOZ MIRANDA, 25 años, obrero agrícola.
El día 12 de septiembre es detenido junto a otros trabajadores, cerca
de las 18:00 hrs., en su lugar de trabajo -Granja Avícola Cerrillos-, por efectivos de
carabineros de la Tenencia de Vista Alegre de Cerrillos y trasladado a esa unidad
policial. El día 14 de septiembre son llevados los detenidos hasta el Estadio Nacional.
En este recinto es ejecutado por efectivos militares y trasladado al Hospital Militar. El
certificado de defunción expresa que la causa de la muerte son las múltiples heridas de
bala recibidas por el afectado y la data y lugar de la misma, el día 14 de septiembre de
1973 a las 18:30 hrs. en el Estadio Nacional.
Estando acreditada la detención y conocidas las circunstancias y causa
de la muerte, esta Comisión ha llegado a la convicción que Ramón Muñoz, fue ejecutado
y víctima de una violación grave a los derechos humanos, atribuible a la acción de
agentes del Estado.
El 14 de septiembre de 1973 muere Carlos Alberto BUSTAMANTE
MANCILLA, 23 años, empleado de la Embajada Argentina.
El afectado fue ejecutado por una patrulla militar en horas de toque de
queda, en circunstancia que salía de su casa junto a un amigo. Su certificado de
defunción señala que murió el 14 de septiembre, a las 22:00 horas, en el centro de
Santiago por causa de heridas por arma de fuego.
La acreditación por los testigos de que los disparos fueron efectuados
por efectivos militares y la causa de muerte por bala, llevan a la Comisión a formarse la
convicción que Carlos Bustamante murió víctima del uso irracional de la fuerza por
parte de agentes del Estado, en un acto de violación a los derechos humanos.
El 14 de septiembre de 1973, muere Angel Gabriel MOYA ROJAS, 15
años, estudiante de enseñanza media.
La víctima se dirigía a su casa junto a un amigo, antes del toque de
queda, encontrándose con una patrulla de militares que los detuvieron, los allanaron,
luego les dieron orden de correr y les dispararon. La víctima murió instantáneamente.
Según certificado de defunción la fecha de la muerte es 14 de
Septiembre de 1973 a las 16:00 horas en Santiago, a causa de: "herida de bala braqueo
torácico izquierdo".
Dada las circunstancias y la causa de su muerte, esta Comisión se
formó la convicción, que el afectado fue muerto por agentes del Estado en uso excesivo
de la fuerza, víctima de una violación a los derechos humanos.
El 14 de septiembre de 1973, desaparece Luis Alejandro LARGO VERA,
26 años, soltero, estudiante, militante del Partido Socialista.
El afectado circulaba por la vía pública entre su domicilio y el de
unos amigos, en horas cercanas al toque de queda. El sector de los hechos era un lugar que
sufrió muchos allanamientos ya que era un sitio de pensionados universitarios.
Varios de sus compañeros de Partido fueron detenidos en ese mismo
período. La víctima era un activo militante reconocido como tal en el sector.
La Comisión ha llegado a la convicción que Luis Alejandro Largo Vera
desapareció por motivos políticos sin tener conocimiento de las circunstancias exactas
en que ese hecho habría ocurrido. La convicción se basa en; su activa militancia
política; las circunstancias represivas contra miembros de su partido en ese momento; el
hecho de que no haya renovado su cédula de identidad, no registre defunción,
inscripción electoral ni anotaciones de viaje; el que no haya tomado contacto con su
familia ni existan otras razones para su desaparición.
El 14 de septiembre de 1973, muere Luis Alfredo ROJAS GONZALEZ,
36 años.
Ese día salió de su domicilio en la Población El Pinar, a hacer unas
compras; su cuerpo fue encontrado en la vía pública en la misma población. Su
certificado de defunción dice que su muerte se debió a "herida a bala"con
salida de proyectil en fecha 14 de septiembre de 1973.
Si bien esta Comisión no conoce las circunstancias en que muere Luis
Rojas, las características del período y su muerte por bala, la llevan a formarse la
convicción que esta persona es víctima inocente de la violencia política existente en
el país.
El 14 de septiembre de 1973 es muerto Eduardo LEIVA ADASME.
El afectado fue sorprendido por el toque de queda cuando regresaba a su
hogar desde el Cementerio Metropolitano. Según versión de familiares, esa misma noche
llegaron a comunicarles que la víctima estaba muerta en la vía pública y les entregaron
incluso su carnet de identidad. Al día siguiente, encontraron su cuerpo en el Instituto
Médico Legal. El protocolo de autopsia consigna su muerte por heridas de bala.
Esta Comisión, no conociendo las circunstancias precisas en las que
murió el afectado, se formó la convicción que fue víctima de la violencia política de
la época.
El 14 de septiembre de 1973 fue fusilado José Eusebio RODRIGUEZ
HERNANDEZ de 24 años, obrero, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria
(MIR).
Según versiones de prensa, fue juzgado por un Consejo de Guerra y
fusilado por militares en cumplimiento de la sentencia emanada de esta. Se le acusó de
ser el lugarteniente del " Mickey", nombre con el que era conocido un alto
dirigente del MIR.
No se ha obtenido copia del supuesto Consejo de Guerra, a pesar de las
peticiones realizadas por la Comisión a las autoridades correspondientes. Su certificado
de defunción señala como fecha de la muerte el 14 de Septiembre de 1973 y como causa de
la misma "heridas múltiples a bala".
Dada la información de prensa no desmentida y la causa de la muerte, y
a pesar de ignorar las circunstancias de su detención, esta Comisión ha llegado a la
convicción que José Eusebio Rodriguez murió ejecutado por agentes del Estado al margen
de todo proceso legal, siendo por tanto víctima de una violación de sus derechos
humanos.
El 14 de septiembre de 1973 fueron detenidos en Isla de Maipo por
funcionarios de Carabineros pertenecientes a la dotación de la Tenencia de esa localidad,
- Guillermo del Carmen BUSTAMANTE SOTELO, 39 años, obrero
agrícola y Presidente del Sindicato del Fundo El Gomero;
- Juan de Dios SALINAS SALINAS, 29 años, obrero agrícola.
Testigos pudieron verlos en la Tenencia de Isla de Maipo y los
familiares fueron informados que ambos habían sido trasladados al Estadio Nacional. Desde
entonces permanecen desaparecidos.
Estando acreditada su detención y reclusión y no existiendo noticia
posterior alguna sobre ambos detenidos, y agregando a ello el conocimiento de situaciones
similares ocurridas en relación a ese cuartel policial, como en el caso de Lonquén, la
Comisión se ha formado convicción que Bustamante y Salinas fueron víctimas de una
desaparición forzada por parte de agentes del Estado, acto que constituye violación a
sus derechos humanos.
El 15 de septiembre de 1973 fueron ejecutados,
- Carlos Alberto CASTRO LOPEZ, 20 años, comerciante ambulante,
y
- Serafín del Carmen ORELLANA ROJAS, 32 años, soltero, sin
oficio ni militancia.
De acuerdo a testimonios y antecedentes recogidos por esta Comisión,
fueron detenidos en horas próximas al toque de queda, por una patrulla militar, en el
recinto de un club deportivo situado en el sector de Cerro Navia. Estas personas no
habrían obedecido las órdenes de los efectivos militares que revisaban el local, siendo
sacadas del lugar y golpeadas en las afueras del mismo. De ahí fueron conducidos con
rumbo desconocido.
Los familiares de Carlos Alberto Castro recurrieron a todos los lugares
de detención, sin tener éxito en su búsqueda. No obstante ello, ante una información
que recibieron por esos días, decidieron buscaarlo entre los cuerpos que traía el Río
Mapocho, y que pobladores del sector de Cerro Navia estaban enterrando en sus orillas. Es
así como se constituyeron en el sector del Puente El Resbalón logrando ver montículos
de arena en el cual estaban varios cuerpos semi enterrados. Entre ellos había uno que
sobresalía, logrando identificar el cuerpo de su esposo, desenterrándolo completamente y
logrando posteriormente que fuera remitido al Instituto Médico Legal. La autopsia
acredita que los golpes que la víctima sufrió, resultaron ser a la postre la causa de su
muerte, es así como en el protocolo se consigna como razón de muerte :"traumatismo
vertebral sección de médula espinal y hemotomiejia intensa".
Por lo anterior, esta Comisión adquirió la convicción de que Carlos
Castro fue ejecutado por agentes del Estado, hecho que se ratifica por el afán de ocultar
su cuerpo arrojándolo al Río Mapocho, al margen de toda justificación y proceso.
En cuanto a la situación de Serafín Orellana , su cuerpo no pudo ser
ubicado, pero presumiblemente, y en consideración a semejantes circuntancias, le
aconteció la misma suerte que Carlos Alberto Castro López, ratificada esta circunstancia
por el hecho que decretadas las gestiones del caso no se ha logrado establecer su suerte o
paradero.
En definitiva, Serafín Orellana permanece |